Además de lo señalado en el artículo anterior de la presente Ley, los sujetos obligados de los Poderes: Ejecutivo Estatal y Municipales, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
A .-PLAN DE DESARROLLO
B .-PRESUPUESTO DE EGRESOS
C.-EXPROPIACIONES REALIZADAS
D.-CANCELACIONES O CONDONACIONES DE CREDITOS FISCALES
E.-CORREDORES Y NOTARIOS PUBLICOS
F.-INFORMACION DETALLADA QUE CONTENGAN LOS PLANES DE DESARROLLO URBANO
I-G.-DISPOCISIONES ADMINISTRATIVAS
A-II.-GACETAS MUNICIPALES
B-II.-SESIONES CELEBRADAS DE CABILDO
ll-C3.-LOS ARCHIVOS DIGITALES DE LAS SESIONES ORDINARIAS, EXTRAORDINARIAS, ESPECIALES O SOLEMNES DEL AYUNTAMIENTO